Guía para autónomos y ex-autónomos

Ley de Segunda Oportunidad para Autónomos

Sí, un autónomo con deudas puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Es más: los autónomos son uno de los perfiles que MÁS usa este mecanismo, porque suelen arrastrar deuda mezclada — proveedores, préstamos personales, Hacienda, Seguridad Social — que ninguna refinanciación resuelve. Con la reforma de 2022 se amplió lo que puede exonerarse: la deuda pública (AEAT y TGSS) hasta 10.000 € cada una, y el resto queda condicionada a un plan de pagos o al beneficio de exoneración (BEPI). Somos un despacho especializado en LSO y llevamos casos de autónomos y ex-autónomos en toda España.

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¿Quién puede acogerse siendo autónomo?

Autónomos en activo con deudas manejables

Puedes acogerte estando dado de alta como autónomo. La ley no exige darse de baja para iniciar el procedimiento, aunque en algunos casos conviene planificar el cambio de actividad.

Ex-autónomos con deudas del cierre

Si cerraste tu actividad y arrastras deudas personales derivadas del negocio (préstamos avalados, deuda pública, proveedores) también puedes acogerte. De hecho es el escenario más habitual.

Deudor de buena fe

La ley exige que no hayas sido condenado por delitos socioeconómicos ni hayas incumplido a propósito el pago. Un cierre por causas económicas —caída de ingresos, pandemia, subida de costes— sí encaja.

Sin ocultar patrimonio

No se puede aplicar la LSO si hay bienes o ingresos ocultos. Sí puede aplicarse aunque tengas una vivienda habitual — la ley protege la vivienda en ciertos casos.

Cómo tramitamos tu LSO como autónomo

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1. Test de viabilidad (3 minutos)

Marcas 'autónomo' en el test y respondes a las preguntas sobre deuda pública, avales y patrimonio. Te devolvemos un grado de viabilidad y el checklist específico para autónomos.

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2. Análisis fiscal y de la deuda pública

Revisamos qué parte de la deuda con Hacienda y Seguridad Social entra dentro del umbral exonerable (10.000 € cada una) y qué parte queda fuera. Este análisis es lo que decide la estrategia.

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3. Presentación ante el Juzgado de lo Mercantil

Preparamos y presentamos la solicitud. Los casos de autónomos suelen ser más complejos que los de particulares porque implican comparecencia de la Administración; nos encargamos de todos los trámites.

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4. Exoneración y cierre

Cuando el juzgado dicta la resolución exoneratoria (BEPI), lo notificamos al Registro Público Concursal y a las agencias de recobro. Fin del procedimiento.

Preguntas frecuentes