"Soy pensionista y no llego a pagar mis deudas. ¿Puedo hacer algo?"
Cada vez llegan más consultas de personas jubiladas con préstamos, tarjetas o avales que se han vuelto imposibles de pagar con una pensión. La pregunta que nos hacen es siempre parecida: "¿La Ley de Segunda Oportunidad es también para mí, o solo para autónomos y empresarios?"
La respuesta es que sí: la Segunda Oportunidad está abierta a cualquier persona física de buena fe en situación de insolvencia, y eso incluye a los pensionistas.
La pensión y los embargos: lo que debes saber
Aquí hay una buena noticia de partida. La pensión, como el salario, está protegida frente a embargos hasta el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Lo que supera el SMI puede embargarse, pero por tramos, según una escala legal.
Esto significa que, aunque tengas deudas, tu pensión básica no puede embargarse por debajo del SMI. Aun así, convivir con embargos sobre la parte que excede, sumado a la presión de los acreedores, es un desgaste que la LSO puede terminar.
Qué aporta la Ley de Segunda Oportunidad a un pensionista
- Cancelar las deudas que no puedes pagar (bancos, tarjetas, microcréditos, avales)
- Paralizar los embargos y ejecuciones en curso desde que el juzgado admite la solicitud
- Recuperar la tranquilidad de una pensión sin descuentos por deudas antiguas
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El caso frecuente del pensionista avalista
Un perfil muy habitual: el padre o la madre que avaló a un hijo o a un familiar, o que pidió préstamos para ayudarle, y ahora responde de una deuda que no era suya. La Ley de Segunda Oportunidad contempla también estas situaciones: la condición de avalista no impide, por sí sola, acogerse.
El primer paso concreto
Reúne la lista de tus deudas y sus importes, e identifica si hay embargos activos sobre tu pensión. En DeudasFin estudiamos tu caso con calma y sin tecnicismos, y te decimos con honestidad si la Segunda Oportunidad puede ayudarte a vivir tu jubilación sin esa carga.